Constitución de la fiducia. El contribuyente deberá celebrar un contrato de fiducia y depositar el monto total del valor de los impuestos con destino exclusivo a la ejecución de el o los proyectos, dentro de los términos establecidos en el Decreto anual que fija los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente, so pena del pago del impuesto, de los respectivos intereses de mora tributarios, y de las consecuencias establecidas en el artículo 1.6.5.3.4.11. del presente Decreto.
La naturaleza de la fiducia será la de un contrato de fiducia mercantil irrevocable.
Para efectos de la aplicación de lo previsto en el presente título, se entiende por:
Fideicomitente. Es la persona jurídica contribuyente del impuesto sobre la renta y complementario que opta por pagar este tributo mediante el mecanismo de pago -Obras por Impuestos- establecido en el artículo 238 de la Ley 1819 de 2016.
Beneficiario de la fiducia. Es la entidad pública destinataria de la obra que se financiará con los recursos fideicomitidos.
Destinatario de pago de la fiducia. Son las personas naturales o jurídicas destinatarias de los pagos por el cumplimiento de las obligaciones pactadas en los contratos derivados de la ejecución del proyecto.
Rendimientos financieros. Corresponde al valor que pueda generarse por la inversión de los recursos depositados que realice la fiduciaria.
Saldos no ejecutados. Corresponde al saldo del monto inicialmente aportado por el contribuyente después de realizar la totalidad de los pagos de los contratos suscritos en desarrollo del proyecto, determinado una vez se encuentren suscritas todas las actas de liquidación de los contratos o documentos equivalentes. No incluyen los rendimientos financieros.
Dentro de los tres (3) días siguientes de recibir por parte del contribuyente el depósito de la suma equivalente al valor impuesto, la fiduciaria enviará a la Agencia de Renovación del Territorio (ART) y a la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) una comunicación sobre esta situación, con el fin de verificar que todos los contribuyentes a quienes se les aprobó su vinculación de impuesto a los proyectos cumplan con dicha obligación.
Cuando el proyecto incluya el reconocimiento de gastos de estructuración incurridos por el contribuyente, estos serán descontados del valor a depositar a la fiducia.
TEXTO CORRESPONDIENTE A