Viabilidad y seguimiento. El otorgamiento de la viabilidad técnica y financiera de los proyectos estará a cargo del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio establecerá los mecanismos que permitan realizar el seguimiento de los recursos asignados a los proyectos financiados con la línea de redescuento con tasa compensada, así como al cumplimiento de las condiciones de la misma, y efectuar el control y seguimiento de sus beneficiarios.
Las operaciones de redescuento destinadas a sustituir los Bonos Ordinarios Patrimonio Autónomo Grupo Financiero de Infraestructura 2008-1 y 2010 no estarán sometidas al otorgamiento de la viabilidad establecida en el presente artículo.
(Art. 8 Decreto 1300 de 2014)