º . Categorías. En los procedimientos que se establezcan para registrar plaguicidas químicos de uso agrícola, la Autoridad Nacional Competente debe tener en cuenta las siguientes categorías
Los plaguicidas químicos de uso agrícola formulados con base en un ingrediente activo grado técnico sin registro anterior en el país.
Los plaguicidas químicos de uso agrícola formulados con base en un ingrediente activo grado técnico con registro anterior en el país.
Los permisos para investigación, experimentación y emergencias fitosanitarias.
Los procedimientos para la reevaluación de los plaguicidas químicos de uso agrícola, registrados antes de entrar en vigencia la Decisión 436 y para la evaluación post registro.