º El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santafé de Bogotá, D. C., a 8 de noviembre de 1991. CESAR GAVIRIA TRUJILLO El Ministro de Minas y Energía, Luis Fernando Vergara Munarriz. EL Ministro de Hacienda y Crédito Público, Rudolf Hommes Rodriguez. Hay Sellos.
Decreto 2519 de 1991 →Vigente
Artículo 5
º El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
Decreto 2519 de 1991 · por el cual se reglamentan parcialmente los Decretos 1246 y 2310 de 1974 y la Ley 75 de 1986.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.