º Las modificaciones al régimen arancelario definidas en el artículo anterior, serán aplicables para la importación de mercancías cuya nacionalización se verifique a partir de la fecha del presente Decreto.
Decreto 1162 de 1959 →Vigente
Artículo 2
Las Modificaciones Al Régimen Arancelario Definidas En El Artículo Anterior, Serán Aplicables Para La Importación De Mercancías Cuya Nacionalización Se Verifique A Partir De La Fecha Del Presente Decreto
Decreto 1162 de 1959 · Por el cual se modifica el tratamiento arancelario de algunos numerales de importación
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.