Tanto para el pago de los aportes patrono-laborales como para lo relativo a las obligaciones administrativas con el Instituto, las correspondientes organizaciones de Trabajadoras Independientes serán asimiladas a las condiciones de patronos de los afiliados por su conducto. En tal virtud les serán aplicables las normas legales y reglamentarias que rigen las relaciones entre el Instituto y los patronos de los trabajadores asalariados.
Artículo 14
Tanto Para El Pago De Los Aportes Patrono-Laborales Como Para Lo Relativo A Las Obligaciones Administrativas Con El Instituto, Las Correspondientes Organizaciones De Trabajadoras Independientes Serán Asimiladas A Las Condiciones De Patronos De Los Afiliados Por Su Conducto
Decreto 594 de 1976 · Por el cual se aprueba el Acuerdo número 565 de 1976 del Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Seguros Sociales "por el cual se expide el Reglamento para la extensión del Seguro Social a los Trabajadores Independientes Urbanos"
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.