°. Funciones . El comité técnico de apoyo tendrá las siguientes funciones
Efectuar recomendaciones y propuestas en relación con el restablecimiento de derechos de los niños, niñas y adolescentes que salgan de los campamentos de las FARC-EP, con el fin de identificar acciones y actividades que permitan superar obstáculos y dar mayor eficiencia a dicho proceso, priorizando la reincorporación familiar y comunitaria en sus propias comunidades o en comunidades culturalmente similares. Dichas recomendaciones y propuestas contribuirán, en todo caso, a la adopción de medidas idóneas para el restablecimiento de los derechos de estos niños, niñas y adolescentes afectados por el conflicto armado.
Proponer mecanismos que permitan la veeduría ciudadana, en los términos de la Ley 850 de 2003, del Programa Integral Especial que finalmente adopte el Gobierno nacional para continuar con el restablecimiento de los menores que salgan de los campamentos de las FARC-EP, una vez agotado el plan transitorio de acogida.
Las demás necesarias para el cumplimiento de su objetivo.
Ninguna de las funciones encomendadas al comité técnico de apoyo en el presente artículo podrá ser interpretada en el sentido de sustituir o reemplazar en todo o en parte las competencias constitucionales y legales de los defensores de familia o de los organismos de control, o como una modificación del procedimiento administrativo de restablecimiento de derechos.