° Los contratos celebrados y perfeccionados por el Instituto Nacional de Fomento Municipal, continuarán ejecutándose por cuenta del Instituto hasta que los Municipios estén en capacidad de hacerse cargo de las obras.
Decreto 3699 de 1954 →Vigente
Artículo 1
Los Contratos Celebrados Y Perfeccionados Por El Instituto Nacional De Fomento Municipal, Continuarán Ejecutándose Por Cuenta Del Instituto Hasta Que Los Municipios Estén En Capacidad De Hacerse Cargo De Las Obras
Decreto 3699 de 1954 · Por el cual se reglamenta y adiciona el decreto número 2838 de 1954
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.