Micelio

Artículo 1

Decreto 4814 de 2008 · por el cual se modifica el artículo 15 del Decreto 1747 de 1995 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El inciso 1º del artículo 15 del Decreto 1747 de 1995 quedará así: "Con el total de los recursos del Fondo Nacional de Regalías destinados a proyectos regionales de inversión, que sean presentados por las entidades territoriales de conformidad con los criterios señalados en el artículo 14 del Decreto 1747 de 1995, el Consejo Asesor de Regalías asignará parte de estos para aquellos que sean elegidos como cofinanciables, previa viabilización del Ministerio competente. La financiación podrá ser hasta del 100% del proyecto regional de inversión a juicio del Consejo Asesor de Regalías".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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