ARTICULO 8o. FUNCIONES DE LA OFICINA DE PLANEACION Y DESARROLLO. - A la Oficina de Planeación y desarrollo le corresponde
Elaborar con base en los planes propios de cada área el plan general de trabajo de la Superintendencia y sugerir la distribución global de los recursos;
Planificar y evaluar períodicamente el proceso administrativo elaborando los reglamentos internos necesarios para la ejecución de las medidas que deban aplicarse en cuanto a funciones, sistemas, métodos, procedimientos y trámites administrativos y mantener los manuales actualizados;
Participar en los procesos de planeación, ejecución y control, previa orden del Superintendente, de la política institucional relacionada con Tesorería, Presupuesto y Contabilidad;
Colaborar en el desarrollo de los procesos de programación formulación, ejecución y control del presupuesto, de acuerdo con las normas legales vigentes y las políticas establecidas por el Superintendente;
Llevar el registro legal de la contribución que deben hacer las instituciones vigiladas a la Superintendencia de Subsidio Familiar;
Colaborar en la planeación y desarrollo del sistema de contabilidad general y de presupuesto, de conformidad con las normas establecidas por la Contraloría General de la República y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público;
Asesorar a la Superintendencia del Subsidio Familiar en la elaboración del plan de visitas a los entes vigilados.