Micelio

Artículo 141

Decreto 2699 de 1991 · Por el cual se expide el Estatuto Orgánico de la Fiscalía General de la Nación.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 141 . La Fiscalía General de la Nación preparará su plan de desarrollo, el cual será ajustado anualmente de acuerdo con las proyecciones y necesidades del servicio. Este plan, junto con el preparado por la Dirección Nacional de Administración Judicial para el resto de la Rama, servirá de base para la participación del Consejo Superior de la Judicatura en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, según lo estipulado en el Artículo 341 de la Constitución Nacional.

Parágrafo

Dentro de su plan de desarrollo, la Fiscalía General de la Nación deberá identificar las actividades que se presentarán al Departamento Nacional de Planeación para su evaluación e inclusión en el Banco de Proyectos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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