El pacto colectivo debe celebrarse por escrito y se extenderá en tantos ejemplares cuantas sean las partes y uno más que se depositará necesariamente en la División de Relaciones Colectivas de Trabajo del Ministerio del Ramo, a más tardar dentro de los quince días siguientes al de su firma. Sin el cumplimiento de estos requisitos el pacto colectivo no produce ningún efecto.
Decreto 1469 de 1978 →Vigente
Artículo 59
El Pacto Colectivo Debe Celebrarse Por Escrito Y Se Extenderá En Tantos Ejemplares Cuantas Sean Las Partes Y Uno Más Que Se Depositará Necesariamente En La División De Relaciones Colectivas De Trabajo Del Ministerio Del Ramo, A Más Tardar Dentro De Los Quince Días Siguientes Al De Su Firma
Decreto 1469 de 1978 · Por el cual se reglamentan algunas disposiciones laborales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.