Micelio

Artículo 31

Ley 71 de 1915 · Sobre retiro, pensiones y recompensas para los miembros del Ejército

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La prueba completa de los servicios militares del Oficial la compone la hoja de servicios, la cual será formada en papel sellado, por duplicado; y entre otros documentos, que determinará el Ministerio de Guerra, dicha hoja debe contener lo siguiente:

a). Los despachos militares de los grados respectivos.

b). Una relación clara y concisa de la carrera militar del interesado, comprobada con los documentos que deben reposar en el Ministerio de Guerra, desde su ingreso al Ejército hasta el día que deje el servicio activo.

Parágrafo

El Ministerio de Guerra reglamentará la formación de las hojas de servicio, sujetándolas a un modelo sencillo y claro.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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