Micelio

Artículo 40

Decreto 2322 de 1965 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre régimen de cambios internacionales y comercio exterior

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La estimación de la utilidad neta de la cuenta especial de cambios en favor del Gobierno Nacional, determinada en la forma que prevé el artículo anterior, se incorporará al Presupuesto Nacional y se harán en éste las correspondientes apropiaciones, en la forma prevista en el artículo 86 del Decreto-ley 1675 de 1964.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2322 de 1965