Micelio

Artículo 2

Ley 20 de 1916 · por la cual se reforma la 35 de 1904 y se reconoce una pensión

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La señora doña Sixta Tulia Gaviria de Uribe Uribe, viuda del doctor Rafael Uribe Uribe y sus hijas Tulia Inés, gozarán desde la sanción de esta Ley de una pensión mensual de cien pesos ($ 100) en las mismas condiciones que determina el artículo anterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 20 de 1916