Micelio

Artículo 19

Coordinación Y Conformación

Decreto 1710 de 2020 · Por el cual se adopta el Mecanismo Articulador para el Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Sexo y Género, de las mujeres, niños, niñas y adolescentes, como estrategia de gestión en salud pública y se dictan disposiciones para su implementación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Coordinación y conformación. El Comité de Sistemas de Información será coordinado por el Ministerio de Salud y Protección Social y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE, alternando la secretaría técnica entre ellos y estará conformado, además, por las personas delegadas de carácter técnico que sean especialistas y encargados del manejo de datos de información cuantitativa de las siguientes autoridades: 19.1. Ministerio del Interior 19.2. Ministerio de Justicia y del Derecho 19.3. Ministerio del Trabajo 19.4. Ministerio de Educación 19.5. Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones 19.6. Departamento Nacional de Planeación 19.7. Fiscalía General de la Nación 19.8. Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer 19.9. Consejería Presidencial de los Derechos Humanos 19.10. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar -ICBF 19.11. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses 19.12. Instituto Nacional de Salud 19.13. Consejo Superior de la Judicatura 19.14. Unidad Administrativa -Migración Colombia 19.15. Policía Nacional 19.16. Agencia para la Reincorporación y la Normalización. 19.17. Defensoría del Pueblo. Será invitada permanente, la delegada de la Procuraduría General de la Nación.

Parágrafo

Las delegaciones de las personas que participan en el Comité deberán efectuarse mediante acto de delegación, en la que se especifique nombre y cargo de las personas designadas, dependencia, grupo u oficina a la que pertenecen.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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