Un dibujo o modelo no es nuevo si antes de: la fecha de la solicitud o de la fecha de prioridad válidamente reivindicada, se ha hecho accesible al público, en cualquier lugar o en cualquier momento, mediante una descripción, una utilización o per cualquier otro medio. Un dibujo o modelo no es nuevo por el mero hecho de que presente diferencias secundarias en relación con realizaciones anteriores o porque se refiera a otra clase de productos distintos de dichas realizaciones..
Decreto 1190 de 1978 →Vigente
Artículo 46
Un Dibujo O Modelo No Es Nuevo Si Antes De: La Fecha De La Solicitud O De La Fecha De Prioridad Válidamente Reivindicada, Se Ha Hecho Accesible Al Público, En Cualquier Lugar O En Cualquier Momento, Mediante Una Descripción, Una Utilización O Per Cualquier Otro Medio
Decreto 1190 de 1978 · Por el cual se incorpora a la legislación nacional la Decisión 85 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.