Micelio

Artículo 1

Autorízase La Importación De Trigo Para La Elaboración De Harina, Sin Necesidad De Licencia Previa De Los Ministros De Agricultura Y De Fomento, Siempre Que El Importador Pague La Cuota Para La Defensa Del Trigo Nacional Que Se Establece En El Artículo Siguiente, Sin Perjuicio De Los Derechos De Aduana Correspondientes, Y Mientras Los Molinos Estén Comprando Oportunamente La Totalidad Del Trigo Nacional

Decreto 1469 de 1952 · Por el cual se autoriza la importación de trigo y se modifica el Arancel Aduanero

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Autorízase la importación de trigo para la elaboración de harina, sin necesidad de licencia previa de los Ministros de Agricultura y de Fomento, siempre que el importador pague la cuota para la defensa del trigo nacional que se establece en el artículo siguiente, sin perjuicio de los derechos de aduana correspondientes, y mientras los molinos estén comprando oportunamente la totalidad del trigo nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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