º. Funciones de la Subdirección de Planeamiento y Desarrollo Sectorial . La Subdirección de Planeamiento y Desarrollo Sectorial tendrá las siguientes funciones
Participar en el diseño, coordinación y evaluación de las políticas y planes del sector de agua potable y saneamiento básico y en la articulación de éstas con las de desarrollo urbano y vivienda.
Elaborar los planes de desarrollo y de expansión de la cobertura de los servicios de acueducto, alcantarillado y saneamiento básico urbano y rural, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y los Consejos Regionales de Planificación o las regiones que hagan sus veces.
Proponer políticas, proyectos y programas de saneamiento básico rural y urbano especial en concertación con las entidades que desarrollen actividades en el área, tales como el DRI, la Caja Agraria, el PNR y las entidades seccionales.
Efectuar el seguimiento, monitoreo y evaluación de los planes y programas del sector y recomendar los ajustes correspondientes.
Participar en la supervisión y evaluación de los planes y programas de inversión con recursos de la Nación para agua potable y saneamiento básico, en especial de la utilización o destinación de las cesiones y participaciones señaladas en la Ley 60 de 1993, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación.
Proponer programas de investigación científica y tecnológica para el desarrollo sectorial y coordinar las actividades relacionadas con la compilación, análisis y divulgación de la misma, a nivel nacional e internacional.
Identificar fuentes de financiamiento interno y externo para el sector y elaborar las propuestas para ser presentadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público y al Departamento Nacional de Planeación con las recomendaciones sobre los mecanismos que permitan acceder a dichos recursos.
Identificar el monto de los subsidios destinados a los servicios públicos de agua potable y saneamiento básico y preparar los criterios y propuestas de asignación de éstos por parte de la Nación.
Preparar las normas y requisitos técnicos sobre el diseño, construcción, operación y mantenimiento de las obras, equipos y procedimientos que deban cumplir las empresas de los servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, de acuerdo con el señalamiento general que determine la Comisión Reguladora para garantizar su calidad.
Coordinar con los Ministerios del Medio Ambiente y de Salud la armonización de las políticas y programas sectoriales respectivos.
Levantar el inventario físico y efectuar el diagnóstico del estado sanitario sobre abastecimiento de agua potable y saneamiento básico.
Preparar los documentos sobre los asuntos de su competencia para la participación del Ministro o del Viceministro en la Comisión Reguladora.
Las demás que le sean asignadas de acuerdo con su naturaleza.