(transitorio). Transferencia de bienes . La propiedad de los bienes muebles e inmuebles de los cuales sea titular la Procuraduría General de la Nación, que requiera la Universidad del Ministerio Público para el cumplimiento de sus funciones, podrán ser transferidos, dados en comodato y/o entregados por la Procuraduría General de la Nación a título gratuito. La determinación de los bienes, los plazos y términos para su entrega se señalarán en las actas que suscriba el Procurador General de la Nación y el Rector de la Universidad del Ministerio Público y el Consejo Superior Universitario, las cuales serán registradas ante las autoridades competentes.
Ley 2553 de 2025 →Vigente
Artículo 15
Transferencia De Bienes
Ley 2553 de 2025 · por la cual se transforma el Instituto de Estudios del Ministerio Público (IEMP), en la Universidad del Ministerio Público y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.