Micelio

Artículo 2

Decreto 1160 de 2006 · por el cual se adoptan medidas para garantizar el derecho de prelación en caso de empate en la presentación de propuestas de contratos de concesión minera.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Cuando se presentare empate de conformidad con el artículo anterior, este se resolverá por sorteo público que se efectuará dentro del término de quince (15) días siguientes, contados a partir de la recepción de las propuestas; el ganador accederá al derecho de preferencia respecto del área solicitada y con este se continuará el procedimiento establecido en el Código de Minas. En el evento en el que la propuesta de contrato de concesión sea presentada en una Notaría o una Alcaldía, se procederá por parte de estas autoridades receptoras a remitir a la delegada competente, en el término de tres (3) días, las propuestas recibidas, con el fin de que la entidad delegada continúe con el trámite pertinente establecido en el presente decreto. Recibidas por la entidad delegada competente las propuestas de contrato de concesión, previa citación al solicitante a la dirección que se encuentre señalada en el formulario de la respectiva propuesta, se le comunicará la fecha y hora para la celebración de la audiencia para el sorteo; de todo lo cual se levantará el acta correspondiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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