Micelio

Artículo 4

Los Préstamos A Que Se Refieren Los Artículos Anteriores Tendrán La Garantía Del Gobierno Nacional, Y Serán Redescontables En El Banco De La República Sin Afectar El Cupo Del Banco Cafetero Ni Del Gobierno Nacional,

Decreto 1932 de 1957 · Por el cual se dictan disposiciones en favor de los damnificados de Cali

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los préstamos a que se refieren los artículos anteriores tendrán la garantía del Gobierno Nacional, y serán redescontables en el Banco de la República sin afectar el cupo del Banco Cafetero ni del Gobierno Nacional,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1932 de 1957