Articulo 26. La Sección de Presupuesto estará integrada por el grupo de Control y Ejecución del Presupuesto, y por el Grupo de Pagaduría. Las funciones de esta Sección se cumplirán de acuerdo con las normas y reglamentos de la Contraloría General de la República y de la Dirección Nacional del Presupuesto.
Decreto 1634 de 1960 →Vigente
Artículo 26
La Sección De Presupuesto Estará Integrada Por El Grupo De Control Y Ejecución Del Presupuesto, Y Por El Grupo De Pagaduría
Decreto 1634 de 1960 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Gobierno y se fijan sus funciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.