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Artículo 4

Principios

Ley 2629 de 2026 · Por medio de la cual se crea un sistema específico de carrera administrativa para el cuerpo de guardaparques de parques nacionales naturales de Colombia, fortaleciendo la conservación efectiva de las áreas protegidas a cargo de la entidad y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Además de los principios constitucionales que orientan el ejercicio de la función administrativa, de los principios mínimos fundamentales del derecho al trabajo y de los que rigen el sistema general de carrera administrativa, conforman el sistema específico de carrera administrativa del Cuerpo Guardaparques de la Unidad Administrativa Especial Parques Nacionales Naturales de Colombia (PNNC), los siguientes principios:

1.

Mérito: El ingreso a los cargos de carrera administrativa en el cuerpo de guardaparques en área protegida, el ascenso y la permanencia en estos cargos estarán determinados por la demostración constante de las calidades académicas, la experiencia y las competencias requeridas para el desempeño de los empleos.

2.

Profesionalización del talento humano: Se garantizará que los servidores públicos que ejerzan empleos del cuerpo de guardaparques en área protegida en la Unidad Administrativa Especial Parques Nacionales Naturales de Colombia (PNNC) posean una serie de atributos como el mérito, la capacidad, la vocación de servicio, la eficacia en el desempeño de su función, la responsabilidad, la honestidad y la adhesión a los principios y valores de la democracia.

3.

Capacitación permanente: El sistema específico de carrera administrativa del cuerpo de guardaparques en área protegida de PNNC estará orientado al desarrollo de sus capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales, con miras a promover su eficacia personal, grupal y organizacional, de manera que se posibilite su desarrollo profesional y el mejoramiento en la prestación de los servicios a su cargo.

4.

Interdisciplinariedad: El ingreso, la capacitación permanente y el ascenso de los empleados que ejerzan un empleo del cuerpo de guardaparques en área protegida en la Unidad Administrativa Especial Parques Nacionales Naturales de Colombia (PNNC) debe considerar que en el perfil ocupacional de aquellos convergen diferentes conocimientos propios de áreas o disciplinas diversas del saber profesional, técnico, científico o, en general especializado, todos los cuales resultan necesarios para el adecuado ejercicio de las funciones públicas que se les encomiendan.

CAPÍTULO II.

DERECHOS Y DEBERES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS INTEGRADOS EN EL SISTEMA ESPECÍFICO DE CARRERA DE GUARDAPARQUES EN ÁREAS PROTEGIDAS.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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