º . Con base en los recursos de que trata el artículo anterior, ábranse los siguientes créditos en el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal del año 2001, en la suma de diez mil setecientos millones de pesos moneda legal ($10.700.000.000), según el siguiente detalle: CREDITOS - PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACION CTA. PROG SUBC SUBP. CONCEPTO APORTE NACIONAL RECURSOS PROPIOS TOTAL Sección 1001 MINISTERIO DEL INTERIOR A. Presupuesto de Funcionamiento 1.500.000.000 1.500.000.000 TOTAL PRESUPUESTO SECCION 1.500.000.000 1.500.000.000 Sección 1501 MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL C. Presupuesto de Inversión 1.700.000. 000 1.700.000.000 211 Adquisición y/o producción de equipos, materiales y suministros y servicios propios del sector 1.700.000.000 1.700.000.000 101 Defensa y Seguridad Interna 1.700.000.000 1.700.000.000 TOTAL PRESUPUESTO SECCION 1.700.000.000 1.700.000.000 Sección 2003 INSTITUTO NACIONAL DE VIVIENDA DE INTERES SOCIAL Y REFORMA URBANA, INURBE C. Presupuesto de Inversión 3.000.000.000 3.000.000.000 620 Subsidios directos 3.000.000.000 3.000.000.000 1402 Soluciones de vivienda urbana 3.000.000.000 3.000.000.000 TOTAL PRESUPUESTO SECCION 3.000.000.000 3.000.000.000 Sección 2402 INSTITUTO NACIONAL DE VIAS C. Presupuesto de Inversión 4.500.000.000 4.500.000.000 520 Administración, control y organización institucional para apoyo a la administración del Estado 4.500.000.000 4.500.000.000 600 Intersubsectorial Transporte 4.500.000.000 4.500.000.000 TOTAL PRESUPUESTO SECCION 4.500.000.000 4.500.000.000 TOTAL CREDITOS 10.700.000.000 10.700.000.000
Decreto 1354 de 2001 →Vigente
Artículo 2
Decreto 1354 de 2001 · por el cual se liquida la Ley 65 del 28 de junio de 2001 que decreta unas modificaciones al Presupuesto General de la Nación del año 2001.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.