Micelio

Artículo 15

Decreto 2193 de 1997 · por el cual se establece la estructura interna y las funciones de la Dirección General de Sanidad Militar del Ministerio de Defensa Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División Administrativa. Son funciones de la División Administrativa

a)

Planear y coordinar el funcionamiento de los servicios de apoyo logístico y administrativo, de acuerdo con los lineamientos establecidos por la Dirección General de Sanidad Militar;

b)

Asistir a la Dirección General de Sanidad Militar en la implementación de procedimientos uniformes para efectuar las adquisiciones;

c)

Diseñar para consideración de la Dirección General de Sanidad Militar el Plan de Desarrollo Hospitalario y de equipo médico, que debe ser ejecutado por la Dirección de Sanidad de cada una de las Fuerzas Militares,

d)

Elaborar los procesos de interventoría hospitalaria y someterlos a aprobación de la Dirección General de Sanidad Militar;

e)

Actualizar, en coordinación con la Dirección de Sanidad de cada una de las Fuerzas Militares, la información sobre material y equipo, en caso de activación de la sanidad en campaña;

f)

Controlar la ejecución de los contratos que suscriba la Dirección General de Sanidad Militar;

g)

Supervisar la ejecución de las obras que se adelantan por parte de la Dirección General de Sanidad Militar;

h)

Las demás funciones que le sean asignadas por la Dirección General de Sanidad Militar.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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