Establécese las siguientes tasas de sobrerremuneración para los funcionarios de Telecom que desempeñen labores docentes en la Empresa. Nivel I. Los docentes clasificados en este nivel tendrán derecho a una sobrerremuneración del quince por ciento (15%). Nivel II. Los docentes clasificados en este nivel tendrán derecho a una sobrerremuneración del veinte por ciento (20%). Nivel III y IV. . Los docentes clasificados en estos niveles tendrán derecho a una sobrerremuneración del veinticinco por ciento (25%).
Decreto 303 de 1982 →Vigente
Artículo 14
Establécese Las Siguientes Tasas De Sobrerremuneración Para Los Funcionarios De Telecom Que Desempeñen Labores Docentes En La Empresa
Decreto 303 de 1982 · Por el cual se reglamenta el artículo 9 del Decreto extraordinario 325 de 1981
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.