Micelio

Artículo 156

El Material De Ganga Sobrante En La Ni Ejecutarse A Menos De Quinientos Metros Del Minería De Socavón, Se Acumulará En Lugares Previamente Determinados Y Que No Altere El Cauce De Las Aguas Ni Deteriore El Medio Ambiente

Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El material de ganga sobrante en la ni ejecutarse a menos de quinientos metros del minería de socavón, se acumulará en lugares previamente determinados y que no altere el cauce de las aguas ni deteriore el medio ambiente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2477 de 1986