Micelio

Artículo 1

Los Sueldos Básicos Mensuales De Los Oficiales, Del Ejército, De La Fuerza Aérea Y Sus Equivalentes En La Armada Serán Los Siguientes: Subteniente $ 900

Decreto 325 de 1961 · Por el cual se fijan asignaciones a los Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares en servicio activo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Los sueldos básicos mensuales de los Oficiales, del Ejército, de la fuerza Aérea y sus equivalentes en la Armada serán los siguientes: Subteniente $ 900.00 Teniente 1.000.00 Capitán 1.150.00 Mayor 1.250.00 Teniente Coronel 1.350.00 Coronel 1.450.00 Brigadier General 1.550.00 Mayor General 1.650.00 Teniente General 1.850.00

Parágrafo

Los Tenientes Primeros (1os.) y Segundos (2os.) de la Armada, tendrán los mismos sueldos básicos fijados para Teniente y Subteniente, respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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