° Los vehículos de que trata el artículo anterior, para que les sea autorizada la prestación del servicio escolar deberán reunir los siguientes requisitos
Portar en la parte posterior del vehículo una señal consistente en franjas alternas de diez (10) centímetros de ancho, en colores amarillo y negro, y con caracteres destacados, la leyenda ESCOLAR.
Hallarse en las condiciones mecánicas, de seguridad y comodidad exigidas para todo vehículo conforme a las normas que regulan la materia.
Someter semestralmente los vehículos a revisión mecánica, con el fin de verificar su correcto estado y funcionamiento, de acuerdo con la programación que para tal fin establezcan las respectivas autoridades municipales.
Deberá estar amparado por un seguro con vigencia de un (1) que cubra la responsabilidad emanada del contrato de transporte.
Certificado de movilización vigente.