Son funciones de la División de Inspección de Trabajo
Dirigir, coordinar, controlar y evaluar las labores de las dependencias a su cargo;
Programar a nivel nacional, la actividad de vigilancia y control del cumplimiento de las normas legales, convencionales y arbitrales en materia laboral;
Fijar pautas para lograr el cabal cumplimiento de las funciones de vigilancia a fin de prevenir los conflictos y garantizar la eficaz protección de los trabajadores;
Ordenar visitas de inspección para controlar el cumplimiento de las disposiciones legales, convencionales y arbitrales;
Someter a consideración de la Dirección General los estudios encaminados a corregir las irregularidades encontradas a través de las visitas de inspección;
Tramitar las consultas que le sean formuladas a la División por los Inspectores de Trabajo y funcionarios de las dependencias departamentales, en lo relacionado con la vigilancia y control del cumplimiento de las normas legales, convencionales o arbitrales;
Sancionar a quienes vicien las normas legales, convencionales o arbitrales;
Asesorar al Director General en el estudio y solución de los problemas propios de la División, e
Ejercer las atribuciones que le confiera la ley o que le sean adscritas o delegadas.