Micelio

Artículo 31

Cuando Se Trate De Exploración De Aluviones El Plano Contendrá: A) Ambos Extremos Del Trayecto Relacionados A Rumbo Y Distancia A Sendos Puntos Arcifinios, Fácilmente Identificables Que Se Encuentren A No Más De Cinco (5) Kilómetros De Los Extremos Referidos Cuando Se Solicite El Lecho De La Corriente De Agua Y La Longitud De Los Lados Del Polígono, Cuando Se Solicite Una O Ambas Márgenes; En Caso De Existir Solamente Un Punto Arcifinio, El Amarre Correspondiente, Se Hará Con Respecto A Dicho Punto

Decreto 2477 de 1986 · por el cual se reglamentan las Leyes 60 de 1967, 20 de 1969 y 61 de 1979 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando se trate de exploración de aluviones el plano contendrá

a)

Ambos extremos del trayecto relacionados a rumbo y distancia a sendos puntos arcifinios, fácilmente identificables que se encuentren a no más de cinco (5) kilómetros de los extremos referidos cuando se solicite el lecho de la corriente de agua y la longitud de los lados del polígono, cuando se solicite una o ambas márgenes; En caso de existir solamente un punto arcifinio, el amarre correspondiente, se hará con respecto a dicho punto.

b)

La ubicación de las confluencias de las principales corrientes de agua que desemboquen al río eje en el trayecto solicitado y los demás accidentes topográficos que sirvan para la identificación de la zona.

Parágrafo

La orientación general del plano y los rumbos se darán en relación con el meridiano magnético y las distancias y ángulos serán medidos a tránsito o con cualquier aparato topográfico de precisión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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