La apropiación presupuestal con cargo a la cual se señala este auxilio, se incluirá en el Presupuesto de Gastos de las vigencias fiscales a que se refiere el artículo 1º de esta Ley, y en el caso de que esto no ocurriere el Gobierno queda autorizado para efectuar los traslados presupuestales respectivos, y aún para hacer uso de los recursos del crédito mediante la contratación de un empréstito especial, a fin de garantizar por todos los medios, el exacto cumplimiento de la presente Ley. Vigente desde: 26/01/1968 y hasta el: 02/03/2021
Ley 2 de 1968 →Derogado
Artículo 2
Ley 2 de 1968 · Por la cual se fomenta la creación de una Unidad de Ciencias de la Salud en la ciudad de Bucaramanga anexa a la Universidad Industrial de Santander
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Derogado
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.