Micelio

Artículo 70

Decreto 2665 de 1988 · Por el cual se expide el Reglamento General de Sanciones, Cobranzas y Procedimientos del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

DEFINICION. Para efectos del presente Reglamento, se entiende por "debido cobrar", el valor o el conjunto de valores adeudados al Instituto de Seguros Sociales por los distintos conceptos derivados directa o indirectamente de la aplicación del régimen de los Seguros Sociales, tales como aportes patrono - laborales, reembolso por concepto de prestaciones económico - asistenciales otorgadas por el ISS, intereses, capitales constitutivos, multas y sanciones que se impongan de conformidad con este estatuto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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