Micelio

Artículo 3

Ley 56 de 1925 · por la cual se crea un Instituto de Sordomudos y de Ciegos en la capital de la República

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La partida necesaria para el cumplimiento de la presente Ley, se incluirá en el Presupuesto anual, a partir de la vigencia de 1926.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 56 de 1925