° Corresponde a los jueces de primera instancia, contemplados en los artículos 330, 336 y 342 del Código de Justicia Penal Militar, convocar los respectivos consejos de guerra verbales contra particulares y civiles.
Decreto 2260 de 1976 →Vigente
Artículo 5
Corresponde A Los Jueces De Primera Instancia, Contemplados En Los Artículos 330, 336 Y 342 Del Código De Justicia Penal Militar, Convocar Los Respectivos Consejos De Guerra Verbales Contra Particulares Y Civiles
Decreto 2260 de 1976 · Por el cual se dictan medidas conducentes al restablecimiento del orden público
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.