Micelio

Artículo 5

Quedarán Sujetas A La Vigilancia De La Superintendencia De Sociedades Las Empresas Unipersonales Pertenecientes A Empresarios Sometidos A La Vigilancia De Cualquier Superintendencia, Así Como Las Que Se Encuentren Incursas En Cualquiera De Las Causales Indicadas En Los Literales A) Y B) Del Artículo 1º Del Presente Decreto

Decreto 3100 de 1997 · por el cual se determinan las personas jurídicas sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Quedarán sujetas a la vigilancia de la Superintendencia de Sociedades las Empresas Unipersonales pertenecientes a empresarios sometidos a la vigilancia de cualquier Superintendencia, así como las que se encuentren incursas en cualquiera de las causales indicadas en los literales a) y b) del artículo 1º del presente decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3100 de 1997