Artículo primero. Hácese la siguiente traslación en el Presupuesto de Gastos vigente: MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 5° Del artículo 42 . Para sueldos de los empleados de las oficinas directas del Ministerio de Gobierno, y gastos de representación del Ministro, en el año $ 3.185.00 Suman los contracréditos $ 3.185.00 MINISTERIO DE GOBIERNO CAPITULO 5° Al artículo 43. Para sueldos de los empleados de la Administración del Capitolio, en el año $ 3.183.00 Suman los créditos $ 3.185.00
Decreto 2523 de 1953 →Vigente
Artículo 42
Decreto 2523 de 1953 · Por el cual se hace una traslación en el Presupuesto de Gastos vigente (Ministerio de Gobierno)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.