El Parágrafo 2º Del Artículo 32 Del Decreto 414 De 1974, Quedará Así: Esta Medalla También Podrá Conferirse A Las Unidades, A Los Comandantes Y Miembros De Estado Mayor De Los Mismos, Cuando El Gobierno Considere Que Han Llevado La Paz, La Tranquilidad Y El Progreso A La Jurisdicción Que Se Les Ha Encomendado
Decreto 581 de 1975 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto 414 de 1974
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. El
Parágrafo 2
del artículo 32 del Decreto 414 de 1974, quedará así: Esta medalla también podrá conferirse a las Unidades, a los Comandantes y miembros de Estado Mayor de los mismos, cuando el Gobierno considere que han llevado la paz, la tranquilidad y el progreso a la jurisdicción que se les ha encomendado.
Parágrafo 2
Artículo 32 DECRETO 414 de 1974
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.