Micelio

Artículo 1

Ley 93 de 1941 · Por el cual se establece una central hidroeléctrica en el Departamento Norte de Santander y se ordenan unos estudios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional procederá a efectuar los estudios, planos y presupuestos para el establecimiento de una central hidroeléctrica para el suministro de fuerza motriz y alumbrado para el servicio de las siguientes poblaciones:

Chitagá, Toledo, Labateca, Cácota, Pamplona, Mutiscua, Silos, Pamplonita, Bochalema, Chinácota, Ragonvalia y Herrán.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 93 de 1941