Hecha la entrega del terreno se enviará el expediente al Ministerio de Obras Públicas, para que allí se examine si se han cumplido los requisitos legales. Si se encontrare alguna informalidad grave en la diligencia de entrega, se expresará así y se devolverá el expediente al funcionario que incurrió en ella para que la corrija y repita la entrega si fuere necesario.
Decreto 1279 de 1908 →Vigente
Artículo 18
Hecha La Entrega Del Terreno Se Enviará El Expediente Al Ministerio De Obras Públicas, Para Que Allí Se Examine Si Se Han Cumplido Los Requisitos Legales
Decreto 1279 de 1908 · Reglamentario de la Ley 25 de 1908, sobre terrenos baldíos y bosques
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.