°. Modificar el artículo 10 del Decreto número 2647 de 2022, el cual quedaría así: “ Artículo 10. Oficina del Despacho de la Vicepresidenta de la República. Son funciones de la Oficina del Despacho de la Vicepresidenta de la República, las siguientes
Formular lineamientos estratégicos, liderar, orientar e instruir a las dependencias del Despacho de la Vicepresidenta y a sus grupos internos, en el ejercicio de las misiones que les son confiadas a la Vicepresidenta de la República por el Presidente de la República y velar por su cumplimiento, siguiendo las directrices generales trazadas por la Vicepresidenta de la República.
Apoyar a las dependencias del Despacho de la Vicepresidenta y a sus grupos internos, cuando así lo requieran, en la preparación de comunicaciones y pronunciamientos oficiales, de acuerdo con los lineamientos emitidos por la Vicepresidenta de la República.
Preparar y poner en consideración de la Vicepresidenta de la República las intervenciones públicas que deba efectuar en el ejercicio de sus funciones, para lo cual podrá solicitar información a las entidades del Estado.
Aprobar los documentos e intervenciones de la Vicepresidenta de la República para el cumplimiento de sus funciones, elaborados por sus dependencias.
Asesorar a la Vicepresidenta de la República en las representaciones internacionales que realice en foros, conferencias y agendas bilaterales y multilaterales delegadas por el Presidente de la República.
Coordinar con las dependencias de la Presidencia de la República y las diferentes entidades del Gobierno nacional, los entes gubernamentales y no gubernamentales, así como con el sector privado, las acciones pertinentes para el adecuado desarrollo de las funciones confiadas a la Vicepresidenta de la República.
Programar y coordinar la agenda de la Vicepresidenta de la República según sus directrices.
Estudiar los asuntos que le asigne la Vicepresidenta de la República, atender las audiencias que le indique y representarlo en los actos que le señale.
Impartir directrices para el seguimiento y cumplimiento de los compromisos asumidos por la Vicepresidenta de la República en las audiencias y eventos; así como para el desarrollo de las funciones confiadas a la Vicepresidenta de la República.
Atender la correspondencia dirigida a la Vicepresidenta de la República que sea de su competencia y coordinar las respuestas.
Coordinar la programación de las actividades que componen el plan estratégico, el plan de acción, los indicadores de gestión y el mapa de riesgos de la Vicepresidencia.
Proponer y presentar ante las instancias competentes, las necesidades de adquisición de bienes y servicios relacionadas con la gestión de la Vicepresidencia.
Hacer seguimiento y asesorar a la Vicepresidenta de la República en los asuntos relacionados con la agenda legislativa de conformidad con las funciones y encargos especiales asignados por el Presidente de la República.
Dirigir y coordinar, bajo las directrices de la Vicepresidenta de la República, las actividades que se deban adelantar en el territorio para el cumplimiento de las misiones asignadas por el Presidente de la República a la Vicepresidenta de la República.
Representar al Presidente de la República, a la Vicepresidenta o al Director del Departamento / Secretario General del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República en las instancias de coordinación intersectorial o de participación que le sean asignadas.
Asesorar en el diseño de mensajes y estrategias de comunicación que la Vicepresidenta de la República deba suscribir y emitir en ejercicio de sus funciones.
Las demás que le correspondan de acuerdo con la naturaleza de la dependencia y que le sean asignadas por la Vicepresidenta de la República.”