En los establecimientos oficiales y no oficiales que ofrezcan educación formal en los niveles de básica, y media, se promoverá el fortalecimiento de aptitudes y habilidades que permitan a futuro el desarrollo de competencias referidas al emprendimiento, incluyendo la educación cooperativa y en economía solidaria, en el marco de las Leyes 79 de 1988, 454 de 1998 y el artículo 27 de la Ley 1780 de 2016 , con el cumplimiento de los siguientes objetivos:
Definición de unas competencias empresariales como ejes para el desarrollo humano integral y sustentable, las cuales deben incorporarse al currículo y desarrollarse a través de proyectos pedagógicos en el plan de estudios, sin perjuicio de la autonomía de que trata el artículo 77 de la Ley 115 de 1994 .
Promover en todos los niveles de básica y media, estrategias pedagógicas que favorezcan el emprendimiento, la innovación y la creatividad en 105 estudiantes.
Promover el desarrollo de competencias relacionadas con el emprendimiento de manera articulada a las competencias básicas y fundamentales en los establecimientos educativos.
PRIMERO. El Ministerio de Educación Nacional definirá los lineamientos para el desarrollo de competencias relacionadas a las capacidades creativas en el nivel educativo de preescolar.