Constituida la reserva de caja, los dineros sobrantes girados a todas las entidades con cargo al presupuesto nacional, sin ninguna excepción, serán reintegrados a la Tesorería General de la República a más tardar el 1° de mar-o de 1990 con la refrendación del ordenador del gasto, del Jefe de la divisan delegada de presupuesto y del auditor ante el organismo o entidad respectiva.
Artículo 51
Constituida La Reserva De Caja, Los Dineros Sobrantes Girados A Todas Las Entidades Con Cargo Al Presupuesto Nacional, Sin Ninguna Excepción, Serán Reintegrados A La Tesorería General De La República A Más Tardar El 1° De Mar-O De 1990 Con La Refrendación Del Ordenador Del Gasto, Del Jefe De La Divisan Delegada De Presupuesto Y Del Auditor Ante El Organismo O Entidad Respectiva
Decreto 2588 de 1988 · Sobre liquidación del presupuesto de rentas y recursos de capital, y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 1989
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.