Micelio

Artículo 14

Prestaciones Que Genera La Enfermedad Profesional

Decreto 1848 de 1969 · Por el cual se reglamenta el Decreto3135 de 1968

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Prestaciones que genera la enfermedad profesional. En caso de incapacidad comprobada para trabajar, motivada por enfermedad profesional, los empleados públicos y los trabajadores oficiales tienen derecho a las siguientes prestaciones:

a)

Económica, que consiste en el pago de un subsidio en dinero, hasta por el termino de máximo de ciento ochenta (189) días de incapacidad comprobada para trabajar, equivalente a la totalidad del último salario mensual devengado por el incapacitado, o del ultimo promedio mensual si se tratare de salario variable y

b)

Asistencial, que consiste en la prestación de servicios médicos, farmacéuticos, quirúrgicos, de laboratorio y hospitalarios, a que hubiere lugar, sin limitación alguna y por todo el tiempo que fuere necesario, incluso radiografías, consultas de especialistas, transfusiones, fisioterapia, suministro de aparatos de ortopedia y prótesis, si todo ello fuere necesario.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 14. Prestaciones que genera la enfermedad profesional. En caso de incapacidad comprobada para trabajar, motivada por enfermedad profesional, los empleados públicos y los trabajadores oficiales tienen derecho a las siguientes prestaciones:

a)

Económica, que consiste en el pago de un subsidio en dinero, hasta por el termino de máximo de ciento ochenta (189) días de incapacidad comprobada para trabajar, equivalente a la totalidad del último salario mensual devengado por el incapacitado, o del ultimo promedio mensual si se tratare de salario variable y

b)

Asistencial, que consiste en la prestación de servicios médicos, farmacéuticos, quirúrgicos, de laboratorio y hospitalarios, a que hubiere lugar, sin limitación alguna y por todo el tiempo que fuere necesario, incluso radiografías, consultas de especialistas, transfusiones, fisioterapia, suministro de aparatos de ortopedia y prótesis, si todo ello fuere necesario.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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