Micelio

Artículo 1

Decreto 1128 de 1953 · extraordinarios - al Presupuesto vigente ( Ministerio de obras Públicas)

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Apruébanse en todas sus partes y declárense debidamente legalizadas las siguientes actas adicionales a los contratos celebrados por el Ministerio de Obras Publicas el 28 de mayo de 1952, representación del Gobierno Nacional, relacionados con construcción de los edificios para residencias de la clase media en Bogotá (Centro Urbano "Antonio Nariño"), todas de fecha 2 de marzo de 1953

a)

Acta adicional al contrato celebrado con A. Manrique Martin e Hijos, Limitada, para la construcción de dos edificios de cuatro pisos cada uno, por valor de$ 348.517.22, de los cuales se pagará en efectivo la cantidad de $ 164.922.60 y libranzas de deuda pública interna la suma de $ 183,594,62.

b)

Acta adicional al contrato celebrado con Pablo Lanzetta Pinzón, sobre construcción de dos edificios de cuatro pisos cada uno, por valor de $ 348.517.22 , de los cuales se pagará en efectivo la cantidad de $164,922,60 y en libranzas de deuda pública interna la suma de $ 183.594.62.

c)

Acta adicional al contrato celebrado con Noguera, Santander & Cía., Limitada, sobre construcción de dos edificios de cuatro pisos cada uno, por valor de $ 348.517.22 de los cuales se pagará en efectivo l cantidad de $ 164.922.60 y en libranzas de deuda pública interna la suma de $ 183.594.62.

d)

Actas adicionales al contrato celebrado con Pardo Restrepo & Santamaría Limitada, sobre construcción de tres edificios de trece pisos cada uno, por valor de $ 3.528.250.10, de los cuales se pagará en efectivo la cantidad de $ 1.676.919.41 en libranzas de deuda pública interna la suma de $ 1.851.330.69.

e)

Acta adicional al contrato celebrado con Martínez Cárdenas & Cía., Limitada, sobre la construcción de tres edificios de cuatro pisos cada uno, por valor de $ 2.044.025.27, de los cuales se pagará en efectivo la cantidad de $ 966.968.05 y en libranzas de deuda pública interna la suma de $ 1.077.057.22.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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