Micelio

Artículo 1

Decreto 28 de 1894 · Por el cual se establecen almacenes de sal en Aguadulce y Los Santos, y se dictan otras disposiciones relacionadas con el monopolio de dicho artículo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Establécense en las cabeceras de los Distritos de Aguadulce y Los Santos dos almacenes para el expendio de sal marina por cuenta del Gobierno, cada uno de los cuales tendrá el siguiente personal con las asignaciones que se expresan : Anuales. Un Almacenista-Contador con $ 750 Un Tenedor de Libros con 480 Un Pesador con 240

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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