Adición de un
al artículo 33 de la Ley 1978 de 2019 . Adicionar un
al artículo 33 de la Ley 1978 de 2019, así: "
El pago anual correspondiente al año 2020, de que trata el literal b) del presente artículo, será aplazado hasta el año 2021, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVI0-19. El Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones reglamentará la materia".
Artículo 33 LEY 1978 de 2019