Micelio

Artículo 9

Cuando Las Sociedades Anónimas O Asimiladas Socias De Sociedades De Personas Y Los Socios O Accionistas Personas Naturales Y Sucesiones Ilíquidas Invoquen Hechos Constitutivos De Fuerza Mayor O Caso Fortuito Que Afecten Las Rentas De Sus Aportes Y Acciones, Corresponde A La Sociedad La Demostración De Tales Hechos Y Al Socio O Accionista La Prueba De La Incidencia De Los Mismos En La Determinación De Una Renta Líquida Inferior A La Renta Presuntiva Determinada De Acuerdo Con Lo Dispuesto En El Estatuto Tributario

Decreto 4123 de 2005 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 189 del Estatuto Tributario.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Cuando las sociedades anónimas o asimiladas socias de sociedades de personas y los socios o accionistas personas naturales y sucesiones ilíquidas invoquen hechos constitutivos de fuerza mayor o caso fortuito que afecten las rentas de sus aportes y acciones, corresponde a la sociedad la demostración de tales hechos y al socio o accionista la prueba de la incidencia de los mismos en la determinación de una renta líquida inferior a la renta presuntiva determinada de acuerdo con lo dispuesto en el Estatuto Tributario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 4123 de 2005