Micelio

Artículo 2

La Partida De Veinticinco Mil Pesos ($ 25,000), Apropiada En El Capítulo 35, Artículo 196, Del Presupuesto Vigente, Será Girada En El Curso Del Año, Y Dentro De La Ejecución Legal Del Presupuesto, Al Tesorero General Del Departamento De Antioquia, Mediante Los Requisitos Que Señale La Contraloría General De La República

Decreto 187 de 1939 · Por el cual se delega la administración y construcción del Centro de Protección Infantil Marco Fidel Suárez, de bello, a la Gobernación del Departamento de Antioquia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° La partida de veinticinco mil pesos ($ 25,000), apropiada en el capítulo 35, artículo 196, del Presupuesto vigente, será girada en el curso del año, y dentro de la ejecución legal del Presupuesto, al Tesorero General del Departamento de Antioquia, mediante los requisitos que señale la Contraloría General de la República. Dicho funcionario rendirá las cuentas respectivas a la Auditoría de Instituciones de Utilidad Común. En la forma indicada se procederá con los partidas que para esta obra se asignen en los Presupuestos futuros, o con las que se destinen por traslados y créditos, que autoriza el

Parágrafo

del articulo 6.° de la citada Ley 137 de 1937.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 187 de 1939